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Título: Dejar sin efecto,la designación en la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales.del agente MILLANAO, Maximiliano Leandro. |
Fecha Registro: 04/03/2024 |
Detalle: RAWSON, 04 MAR 2024 VISTO: El Expediente N° 98-SGG-2024; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita designar en el cargo Director General de Automotores y Viviendas Oficiales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, al señor D’ANA, Martín José, a partir de la fecha del presente decreto; Que por lo mencionado en el primer Considerando, corresponde dejar sin efecto la designación en la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 707/23, del agente MILLANAO, Maximiliano Leandro, quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Clase V - Carrera Personal Administrativo - Planta Permanente, del Convenio Colectivo de Trabajo N° 13/14, dependiente del Área de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, a partir del día 11 de diciembre de 2023; Que asimismo, corresponde dejar sin efecto la designación del señor D’ANA, Martín José, en el cargo Director de Viviendas Oficiales y Mantenimiento, dependiente de la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 1643/23, a partir de la fecha del presente decreto; Que el señor D’ANA, Martín José, reúne con los requisitos exigidos para ocupar el cargo; Que deberá exceptuarse el presente trámite del criterio de irretroactividad, dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificada por Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24; Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal, han tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, la designación en la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 707/23, del agente MILLANAO, Maximiliano Leandro (D.N.I N° 37.550.719 - Clase 1989), quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Clase V - Carrera Personal Administrativo - Planta Permanente, del Convenio Colectivo de Trabajo N° 13/14, dependiente del Área de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, a partir del día 11 de diciembre de 2023.- Artículo 2°.- Dejar sin efecto, la designación del señor D’ANA, Martín José (D.N.I N° 31.608.136 - Clase 1985), en el cargo Director de Viviendas Oficiales y Mantenimiento, dependiente de la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 1643/23, a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 3°.- Designar en el cargo Director General de Automotores y Viviendas Oficiales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, al señor D’ANA, Martín José (D.N.I N° 31.608.136 - Clase 1985), a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F. 10 - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaría General de Gobierno - Ejercicio 2024.- Artículo 5°.- El presente decreto, será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.- Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE DECRETO N°240 |
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