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Decreto 299 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Rectificar, Artículos del Decreto N° 156/24
 
Fecha Registro: 18/03/2024
 
Detalle:


RAWSON, 18 MAR 2024

VISTO:

El Expediente N° 586-SGG-2024; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se promueve rectificar el Articulo 4o, del Decreto N° 156/24, el Artículo 3° del Decreto N° 155/24 y el Articulo 3° del Decreto N° 153/24, donde se menciona Jurisdicción 10, correspondiendo Jurisdicción 28;
Que mediante nota se informó que la Secretaría de Vinculación Ciudadana dependía de la Junsdicción 10 — Secretaría General de Gobierno;
Que corresponde que el gasto, sea imputado en la Junsdicción 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - S.A.F. 28 - Secretaria de Vinculación Ciudadana;
Que el Artículo 92° de la Ley I N° 18, faculta a la Administración Pública a rectificar los errores en los que se incurriere, en el cual dispone: “En cualquier momento podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos’';
Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite,
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1° - Rectificar el Articulo 4o del Decreto N° 156/24, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - S.A.F. 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - Programa 1 - Conducción de la Secretaria de Vinculación Ciudadana - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana - Ejercicio 2024’’.- Artículo 2°.- Rectificar el Artículo 3° del Decreto N° 155/24. el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3o.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 28 — Secretaría de Vinculación Ciudadana - S.A.F. 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - Programa 1 — Conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana - Ejercicio 2024”.- Artículo 3°.- Rectificar el Artículo 3° del Decreto N“ 153/24, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Articulo 3°- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - S.A.F. 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana - Ejercicio 2024”.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de
Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido,
ARCHÍVESE -


DECRETO N° 299/24
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(Se relaciona) Decreto 156/2024

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