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Título: Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2024 |
Fecha Registro: 29/04/2024 |
Detalle: RAWSON, 29 ABR 2024 VISTO: El Expediente N° 1208-SIEyP-2024 y 1209-SIEyP-2024; y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del' Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, para el Ejercicio 2024; Que por el Expediente N° 1208-SIEyP-2024, la Dirección General de Servicios Públicos de la Subsecretaría de Servicios Públicos, solicita compensación presupuestaria a los efectos de realizar la imputación correspondiente al Expediente N° 2739-MIEP-2022 registrado como Decreto N° 1209/23, por la instalación y puesta en marcha de la Planta de Osmosis Inversa de Puerto Pirámides, con Fuente de Financiamiento 6.09; Que por el Expediente N° 1209-SIEyP-2024, la Dirección General de Servicios Públicos de la Subsecretaría de Servicios Públicos, solicita compensación presupuestaria a los efectos de realizar la imputación correspondiente al pago del saldo del 35% del Expediente N° 4503-MIPySP-2016 registrado como Decreto N° 1070/17, por la instalación y puesta en marcha de la Planta de Tratamiento de Agua por Osmosis Inversa de Arroyo Verde, con Fuente de Financiamiento 3.68; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 13, apartado 2, inciso a) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2024, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 31 - SAF Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2, que forman parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.- Artículo 3°.- Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 506/2024 Planillas Anexas en el Decreto Original |
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