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Ley XX 83

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Título: Acuerdo de “Permiso de Paso y Constitución de Servidumbre”
 
Fecha Registro: 26/08/2024
 
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LEY XX N° 83.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º. Apruébase en todos sus términos el acuerdo de “Permiso de Paso y Constitución de Servidumbre”, celebrado en la ciudad de Puerto Madryn, entre la Provincia del Chubut, representada por el Señor Gobernador Lic. Ignacio Agustín TORRES, Aluar Aluminio Argentino Sociedad Anónima Industrial y Comercial (ALUAR), representada por su Gerente Industrial Sr. Ángel Néstor REYES, y la Administración Portuaria de Puerto Madryn (APPM), representada por su Administrador y Representante Legal, Lic. Diego Martín PEREZ, con fecha 2 de mayo de 2024 y protocolizado al Tomo 2, Folio 275 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno el 3 de julio de 2024, por medio del cual la Provincia concede y la APPM acepta otorgar a ALUAR un permiso de paso única y exclusivamente sobre una porción del predio de su propiedad, según se delimita taxativamente en el Anexo I del convenio, para la obtención de agua potable del mar en el marco del desarrollo de la Planta de Osmosis Inversa (POI).
Artículo 2º. LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.

Rawson, 26 AGO 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus términos el acuerdo de “Permiso de Paso y Constitución de Servidumbre”, celebrado en la ciudad de Puerto Madryn, entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Gobernador Lic. Ignacio Torres, Aluar Aluminio Argentino Sociedad Anónima Industrial y Comercial (ALUAR), representada por su Gerente Industrial Sr. Ángel Néstor Reyes, y la Administración Portuaria de Puerto Madryn (APPM), representada por su Administrador y Representante Legal, Lic. Diego Martín Pérez, con fecha 2 de mayo de 2024 y protocolizado al Tomo 2, Folio 275 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno el 3 de julio de 2024; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 15 de agosto de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XX N° 83
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.-

DECRETO Nº 1197
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