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Título: Nombrar en la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia a la ciudadana Lorena Mariel LEFIMAN |
Fecha Registro: 26/08/2024 |
Detalle: RAWSON,26 AGO 2024 VISTO: El expediente N° 698/2018 JP; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, se solicita el nombramiento en la Jerarquía de Agente de la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de la ciudadana Lorena Mariel LEFIMAN; Que es necesario dotar a la Policía de la Provincia del Chubut de mayores recursos humanos que permitan cubrir las necesidades de los servicios que brinda a la comunidad; Que los nombramientos solicitados se efectúan conforme los artículos 38° y 39° de la Ley XIX N° 8; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogada por Decreto N° 01/2024; Que ha tomado debida intervención Dirección de Recursos Humanos y Asesoría Letrada de la Institución; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Nombrar en la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y en comisión por el término de un (01) año de acuerdo a lo establecido por los artículos 38° y 39° de la Ley XIX N° 8 en la Jerarquía de Agente de la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo, a la ciudadana Lorena Mariel LEFIMAN (D.N.I N° 28.792.009 - Clase 1981). Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad y Justicia -SAF 21 — Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración - Actividad 1 - Conducción y Administración. Ejercicio 2024. Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y Justicia, y de Gobierno. Artículo 4°: Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO 1186/2024 |
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