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Título: Reubícase al Sargento Sergio Abel SANCHEZ e la Policía de la Provincia del Chubut |
Fecha Registro: 11/09/2024 |
Detalle: RAWSON, 11 SEP 2024 VISTO: El expediente N° 128/23 JP; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto se propone la reubicación escalafonaria del Sargento Sergio Abel SANCHEZ, de la Agrupación Servicios - Escalafón Auxiliar a la Agrupación Comando - Escalafón Apoyo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia; Que el artículo 20° de la Ley XIX N° 8, establece que los cambios de Agrupaciones y/o Escalafones se resolverán por decreto del Poder Ejecutivo a propuesta fundada de la Jefatura de Policía, en cada caso particular; Que mediante Acta Junta de Plana Mayor (Extraordinaria) N° 01/23 se hizo lugar al pedido de reubicación solicitado; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogada por Decreto N° 01/2024; Que ha tomado debida intervención la Dirección de Recursos Humanos y la Asesoría Letrada de la Institución Policial; Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Legales del Ministerio de Seguridad y Justicia; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT D E C R E T A : Artículo 1°: Reubícase a partir de la fecha del presente decreto al Sargento Sergio Abel SANCHEZ (D.N.I. N° 35.171.571 - Clase 1990), de la Agrupación Servicios - Escalafón Auxiliar a la Agrupación Comando - Escalafón Apoyo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia. Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad y Justicia - SAF21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 23 - Seguridad- Actividad 1 - Seguridad. Ejercicio 2024. Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y Justicia, y de Gobierno. Artículo 4°: Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1297 |
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