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Ley XVII 158

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Título: Apruébase en todos sus términos el "Convenio Marco de Cooperación Provincia del Chubut - Consejo Federal de Inversiones, Consultaría para el Sector Hídrico de la Provincia del Chubut”
 
Fecha Registro: 18/09/2024
 
Detalle:

LEY XVII N° 158 .
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1°. Apruébase en todos sus términos el "Convenio Marco de Cooperación Provincia del Chubut - Consejo Federal de Inversiones, Consultaría para el Sector Hídrico de la Provincia del Chubut”, celebrado el día 03 de abril de 2024 entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Gobernador, Lie. Ignacio Agustín TORRES y el Consejo Federal de Inversiones, representado por su Secretario General, Lic. Ignacio LAMOTHE, protocolizado al Tomo 3, Folio 098 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el día 05 de agosto de 2024.
Artículo 2°. Apruébase en todos sus términos la “Adeuda Convenio Provincia del Chubut - Consejo Federal de Inversiones, Consultaría para el Sector Hídrico de la Provincia del Chubut”, celebrada el día 11 de julio de 2024 entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Gobernador, Lie. Ignacio Agustín TORRES y el Consejo Federal de Inversiones, representado por su Secretario General, Lic. Ignacio LAMOTHE, protocolizada al Tomo 3, Folio 099 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el día 05 de agosto de 2024.
Artículo 3°. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.

Rawson, 18 SEP 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus términos el “Convenio Marco de Cooperación Provincia del Chubut - Consejo Federal de Inversiones, Consultorio para el Sector Hídrico de la Provincia del Chubut”, celebrado el día 03 de abril de 2024 entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Gobernador, Lic. Ignacio Agustín TORRES y el Consejo Federal de Inversiones, representado por su Secretario General, Lic. Ignacio LAMOTHE, protocolizado al Tomo 3, Folio 098 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, el día 05 de agosto de 2024 y su “Adenda Convenio Provincia del Chubut - Consejo Federal de Inversiones, Consultorio para el Sector Hídrico de la Provincia del Chubut”, celebrado el día 11 de julio de 2024 entre la Provincia del Chubut, y el Consejo Federal de Inversiones, protocolizada al Tomo 3, Folio 099, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, el día 05 de agosto de 2024; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 12 de septiembre de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XVII N° 158
Cúmplase, comuniqúese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO N° 1351
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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(No hay instrumentos legales afectados)

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Decreto 1351/2024(Promulga)