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Título: Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados |
Fecha Registro: 15/10/2024 |
Detalle: RAWSON, 15 OCT 2024 VISTO: El Expediente N° 1854-EC-2024; y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289; Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024; Que por el Expediente N° 1854-EC-2024, el Área de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda, solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 3.65, dado que la proyección de los recursos ha superado la estimación para el presente ejercicio; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 15 inciso b) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024, la suma de PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000.-) en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto. Articuló 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura. Artículo 3°. El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1468 Ver Planilla Anexa en el Decreto Original |
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