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Título: OTÓRGASE , la “Pensión Honorífica Islas Malvinas”, correspondiente al ex combatiente señor GARATE, Andrés , fallecido a favor de la señora MARTINI, Cyntha Zulema en carácter de conviviente |
Fecha Registro: 17/10/2024 |
Detalle: RAWSON, 1 7 OCT 2024 VISTO: El Expediente N° 2381 - M.D.H. - 2024, y el Decreto N° 905/00; y CONSIDERANDO: Que por el decreto citado del Visto se otorgó la Pensión Honorífica “Islas Malvinas”, al ex-combatiente señor GARATE, Andrés (DNI N° 16.421.347), quien participó en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur, entre el 02 de abril y el 14 de junio de 1982, en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas; Que el mismo ha fallecido el día 25 de junio del año 2024, en la ciudad de Rawson, provincia del Chubut, conforme surge del certificado de defunción obrante á fojas 6; Que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 3° y 4° de la Ley XVIII N° 35 y su Decreto Reglamentario N° 1249/99, corresponde otorgar el beneficio a sus derecho habientes; Que se encuentra acreditado en autos, el vínculo de la señora MARTINI, Cyntha Zulema, en carácter de conviviente del ex combatiente fallecido, correspondiendo otorgar a la misma el citado beneficio; Que la Unidad de Ex Combatientes “Islas Malvinas”, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Humano, ha dictado la Disposición N° 04/2024 de fecha 15 de agosto de 2024, mediante la cual se acepta la solicitud que se encuentra glosada al expediente del Visto; Que conforme lo expresa el artículo 6o in-fine de la Ley XVIII N° 35, el otorgamiento de la “Pensión Honorífica Islas Malvinas” deberá ser retroactivo a la fecha de aceptación de la correspondiente solicitud; Que en virtud de lo normado por el artículo 8o de citada norma legal, los/las benefíciarios/as de la presente ley serán afiliados al régimen de la Ley XVIII N° 12; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 282, modificada por la Ley II N° 289 y Ley II N° 298, prorrogada por Decreto N° 01/24; Que la Dirección de Despacho ha tomado intervención; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano; Que ha intervenido legalmente la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. OTÓRGASE a partir del mes de agosto de 2024, la “Pensión Honorífica Islas Malvinas”, correspondiente al ex combatiente señor GARATE, Andrés (DNI N°16.421.347), fallecido el día 25 de junio del año 2024, en la ciudad de Rawson, provincia del Chubut, a favor de la señora MARTINI, Cyntha Zulema (D.N.I. N° 16.434,920), en carácter de conviviente de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 40 -Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 27 - Unidad Coordinadora de Veteranos de Guerra - Actividad 1 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 2 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año 2024. Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Humano y de Gobierno. Artículo 4 °. Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese. DECRETO N° 1492 |
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