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Título: OTÓRGASE la “Pensión Honorífica Islas Malvinas”, a la derechohabiente, Señora LEON, Isolina como cónyuge del excombatiente, Señor JONES, Rodolfo Ernesto |
Fecha Registro: 07/11/2024 |
Detalle: Rawson, 07 NOV 2024 VISTO: El Expediente N° 1903 - M.D.H. - 2024; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, se gestiona otorgar la “Pensión Honorífica Islas Malvinas” a la derechohabiente, Señora LEON, Isolina, como cónyuge del excombatiente, Señor JONES, Rodolfo Ernesto (D.N.I N° 16.421.003); Que el mismo ha fallecido el día 08 de mayo del año 2024, en la ciudad de Trelew, provincia del Chubut, conforme surge del certificado de defunción obrante a fojas 7; Que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 3° y 4° de la Ley XVIII N° 35 y su Decreto Reglamentario N° 1249/99, corresponde otorgar el beneficio a sus derechohabientes; Que se encuentra acreditado en autos, el vínculo de la Señora LEON, Isolina, en carácter de cónyuge del excombatiente fallecido, correspondiendo otorgar a la misma el citado beneficio; Que la Unidad de Ex Combatientes “Islas Malvinas”, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Humano, ha dictado la Disposición N° 03/2024 de fecha 02 de julio de 2024, mediante la cual se acepta la solicitud que se encuentra glosada al expediente del Visto; Que conforme lo expresa el artículo 6° in-fine de la Ley XVIII N° 35, el otorgamiento de la “Pensión Honorífica Islas Malvinas” deberá ser retroactivo a la fecha de aceptación de la correspondiente solicitud; Que en virtud de lo normado por el artículo 8° de citada norma legal, los/las beneficiarios/as de la presente ley serán afiliados al régimen de la Ley XVIII N° 12; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 282, modificada por la Ley II N° 289, prorrogada por Decreto N° 01/24 y modificada por la Ley II N° 298; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. OTÓRGASE a partir del mes de julio de 2024, la “Pensión Honorífica Islas Malvinas”, a la derechohabiente, Señora LEON, Isolina (D.N.I N° 17.418.871), como cónyuge del excombatiente, Señor JONES, Rodolfo Ernesto (D.N.I N° 16.421.003), fallecido el día 08 de mayo del año 2024, en la ciudad de Trelew, provincia del Chubut, en el marco de la Ley XVIII N° 35, y de acuerdo a los fundamentos expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 40 -Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 27 - Unidad Coordinadora de Veteranos de Guerra - Actividad 1 - Inciso 5 - Partida Principal 1- Partida Parcial 2- Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año 2024. Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Humano y de Gobierno. Artículo 4 °. Regístrese, comuniqúese, notifíquese y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1673 |
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