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Título: Incorporar, a los agentes que figuran en el Anexo A en el Plantel Básico del Ministerio de Producción |
Fecha Registro: 13/11/2024 |
Detalle: Rawson, 13 NOV 2024 VISTO: El Expediente N° 2405/2024 - MP; y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente citado en el Visto, se tramita la incorporación a la Planta Temporaria de los agentes que figuran en el Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto, bajo el régimen de la Ley I N° 74 a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre del 2024; Que a fojas 02 constan las autorizaciones de rigor para dar continuidad al presente trámite; Que los cargos se encuentran vacantes mediante Resolución XXIII N° 34/24, N° 89/24 y N° 58/24, y con masa presupuestaria destinadas a los mismos; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282, modificado por la Ley II N° 289 y Ley II N° 298, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificada por Ley II N° 298; Que el presente decreto se dicta en el marco de lo dispuesto en la Ley I N° 764; Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción, han intervenido en estas actuaciones; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención, la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Incorporar, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre del 2024, a la Planta Temporaria Ley I N° 74 en el Plantel Básico del Ministerio de Producción, a los agentes que figuran en el Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será afectado en la Jurisdicción: 67 — Ministerio de Producción — SAF: 101 - Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción - Programa: 1 - Conducción y Administración - Actividad: 1 - Conducción y Administración - Ejercicio 2024. Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros, Secretarios de Estado en los Departamentos de Producción, de Economía y de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1706 ANEXO A Jurisdicción: 67 - Ministerio de Producción SAF: 101 - Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción Programa: 1 Conducción y Administración Actividad : 1 Conducción y Administración APELLIDO Y NOMBRES DNI N° CLASE CARGO DEPENDENCIA ROWLANDS, Joel Ariel 45.945.906 2004 Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo Ss Financiamiento y Comercio para la Producción LEFIPAN, Victoria Sofía 44.146.920 2003 Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo Ss Financiamiento y Comercio para la Producción |
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