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Título: Declárese asueto administrativo el día 12 de diciembre del año 2024 en la Comuna Rural de Telsen |
Fecha Registro: 13/11/2024 |
Detalle: RAWSON, 13 NOV 2024 VISTO: El expediente N° 3685/2024 GB; y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 1371/23 la Provincia del Chubut adhirió a la conmemoración de los Aniversarios de los Municipios y Comunas Rurales de la Provincia para el año 2024; Que mediante el Decreto precedentemente citado se declaró como asueto administrativo en la Comuna Rural de Telsen el día 9 de diciembre del 2024; Que el presidente de la Comuna Rural de Telsen solicitó la modificación de la fecha del asueto administrativo para la conmemoración del 128° aniversario de dicha localidad, aduciendo razones de índole organizativas que resultan razonables y atendibles; Que se estima oportuno y conveniente modificar el asueto administrativo establecido por el Decreto N° 1327/2023, fijado originalmente para el día 9 de diciembre del 2024; Que en atención a lo expresado en el considerando anterior corresponde fijar una nueva fecha de asueto administrativo en dicha localidad; Que en virtud de lo expuesto en el párrafo anterior el asueto administrativo para la conmemoración del 128° aniversario de la Comuna Rural de Telsen se fija para el día 12 de diciembre de 2024; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Modifiqúese y déjese sin efecto la fecha del asueto administrativo en la Comuna Rural de Telsen declarada para el día 9 de diciembre de 2024, que fuera fijada mediante decreto 1371/2023. Artículo 2°. Declárese asueto administrativo el día 12 de diciembre del año 2024 en la Comuna Rural de Telsen para los organismos dependientes del Gobierno Provincial. Artículo 3°. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1705 |
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