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Título: Mensualizar a la Licenciada Cecilia Andrea NAVARRO |
Fecha Registro: 09/12/2024 |
Detalle: Rawson, 0 9 DIC 2024 VISTO: El Expediente N° 1817-M.D.H.-2024; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto se gestiona mensualizar en el cargo Profesional II Categoría 2-C - Agrupamiento Personal Profesional, con 40 horas semanales de labor - Planta Temporaria de la Ley I N° 114, a la Licenciada Cecilia Andrea NAVARRO, en la División Oficina de Adopciones - Delegación Comodoro Rivadavia, dependiente de la Dirección de Coordinación Oficina de Adopciones - Dirección General de Oficina de Adopciones - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el día 31 de diciembre de 2024; Que el cargo en el cual se pretende la presente mensualización se encuentra vacante; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en e Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289 y Ley II N° 298, prorrogada por Decreto N° 01/24; Que la Dirección General de Personal y Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, han tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Mensualizar a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024,a la Licenciada Cecilia Andrea NAVARRO (DNI N° 28.451.369 - Clase 1981) en el cargo Profesional III - Categoría 2-C - Agrupamiento Personal Profesional, con 40 horas semanales de labor Planta Temporaria de la Ley I N° 114, en la División Oficina de Adopciones - Delegación Comodoro Rivadavia, dependiente de la Dirección de Coordinación Oficina de Adopciones - Dirección General de Oficina de Adopciones - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el día 31 de diciembre de 2024. Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - SAF 40 - Ministerio de Desarrollo Humano Programa 2 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Ejercicio 2024. Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Humano y de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial para su publicación y,cumplido ARCHIVESE.- DECRETO N° 1788/2024 |
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