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Título: Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024 |
Fecha Registro: 25/11/2024 |
Detalle: RAWSON, 2 5 NOV 2024 VISTO: El Expediente N° 1545-SP-2024,; y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289; Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024; Que por el Expediente N° I545-SP-2024, la Secretaría de Pesca solicita incremento presupuestario en ¡a Fuente de Financiamiento 4.14, dado que la proyección del recurso ha superado la estimación para el presente ejercicio; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 15 inciso b) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024, la suma de PESOS UN MIL CIENTO DIECISIETE MILLONES ($ 1.117.000.000.-) en la Jurisdicción 61 S.A.F. 61 - SAF Secretaría de Pesca, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente decreto. Artículo 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura. Artículo 3°. El presente decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1755 Ver Anexo en el Original |
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