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Decreto 1756 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados
 
Fecha Registro: 25/11/2024
 
Detalle:

RAWSON, 2 5 NOV 2024

VISTO:
El Expediente N° 2150-EC-2024; y
CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1/24 se aprueba ia prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289;
Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024;
Que por el Expediente N° 2150-EC-2024, el Ministerio de Economía solicita una modificación presupuestaria para otorgar crédito presupuestario en la Fuente de Financiamiento 1.11, para distintos SAF a efectos de imputar sueldos del mes de noviembre y SAC;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a). 1 y 4 de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar el crédito asignado al inciso Personal entre distintas Jurisdicciones y/o Finalidades, y las modificaciones de los apartados 1, 2 y 3 siempre y cuando involucren partidas de distintas Finalidades, serán comunicados dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF Instituto Provincial de ¡a Vivienda y Desarrollo Urbano, en la Jurisdicción 9, S.A.F. 9 - SAF Ministerio de Seguridad y Justicia, en la Jurisdicción 10, S.A.F, ]0 - SAF Secretaría General de Gobierno, en la Jurisdicción 15, S.A.F. 15 - SAF Secretaría de Trabajo, en la Jurisdicción 20, S.A.F. 20 - SAF Ministerio de Gobierno y S.A.F. 201 - SAF Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, en la Jurisdicción 30, S.A.F. 30 - SAF Ministerio de Economía, S.A.F. 32 - SAF Dirección General de Rentas y S.A.F. 33 — SAF Unidad Ejecutora Provincial M.E., en la Jurisdicción 62, S.A.F. 62 - SAF Ministerio de Hidrocarburos, en la Jurisdicción 63, S.A.F. 63 - SAF Secretaría de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentable, en la Jurisdicción 66, S.A.F. 66 - SAF Secretaría de Ciencia y Tecnologia, en la Jurisdicción 67, S.A.F. 67 - SAF Ministerio de Producción y S.A.F. 101 - SAF Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción y Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 17, que forman parte del presente Decreto.
Artículo 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable
Legislatura.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese.

DECRETO N° 1756

Ver Anexo en el Decreto Original


Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 282
(Se relaciona) Ley II 289
(Se relaciona) Ley II 298

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)