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Título: Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024 |
Fecha Registro: 20/12/2024 |
Detalle: RAWSON, 20 DIC 2024 VISTO: El Expediente N° 4277-SIEyP-2024; y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289; Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024; Que por el Expediente N° 4277-SIEyP-2024, la Subsecretaría de Servicios Públicos, solicita efectuar una modificación presupuestaria entre proyectos de inversión y actividades específicas, en la Fuente de Financiamiento 4.02, a fin de imputar los certificados de obra correspondientes a los meses de septiembre, octubre y noviembre del ejercicio en curso de la obra “Ampliación y Abastecimiento Eléctrico a la Comarca Paralelo 42 - Coihue”; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 13, apartado 2, inciso a) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas; y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;. POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 31 - SAF Subsecretaría de Servicios Públicos y Energías Renovables, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 6, que forman parte del presente decreto. Artículo 2°. El presente decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 3°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1881 Planillas Anexas en el Decreto Original |
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