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Título: Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas entre el Estado Nacional y la Provincia del Chubut |
Fecha Registro: 05/02/2025 |
Detalle: LEY II N° 310 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1°. - Apruébase en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Provincia del Chubut y el Ministerio de Economía de la Nación denominado Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas entre el Estado Nacional y la Provincia del Chubut, celebrado el día 17 de enero de 2025, protocolizado al Tomo 1, Folio 035 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el 21 de enero de 2025.- Artículo 2°. - LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO.- RAWSON, 05 FEB 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Provincia del Chubut y el Ministerio de Economía de la Nación, denominado Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas entre el Estado Nacional y la Provincia del Chubut, celebrado el día 17 de enero de 2025 y protocolizado al Tomo 1, Folio 035 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut el 21 de enero de 2025; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 29 de enero de 2025, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia: II N° 310 Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.- DECRETO N°105 |
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