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Título: Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2025 - Secretaría de Trabajo |
Fecha Registro: 06/03/2025 |
Detalle: RAWSON, 0 6 MAR 2025 VISTO: El expediente N° 355-EC-2025; y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1/25 se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 307, para el ejercicio 2025; Que por el expediente N° 355-EC-2025, la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria impulsa una modificación presupuestaria en la Fuente de Financiamiento 1.11 del SAF 15 Secretaria de Trabajo para el SAF 50 Ministerio de Economía, a efectos de realizar las imputaciones con destino al pago de Comedores Escolares y Monotríbutistas del mes de febrero; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12°, apartado 1, inciso a). 2 y 4 de la Ley II N° 307, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; asimismo, cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2025, en la Jurisdicción 15, S.A.F. 15 - SAF Secretaría de Trabajo y en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Economía, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2, que forman parte del presente decreto. Artículo 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura. Artículo 3°. El presente decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido archivese. DECRETO N° 209/2025 Planillas Anexas en el Decreto Original. |
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