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Título: Crease en la Jurisdicción 8, Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, en la Categoría Programática 29 “Formulación y Ejecución de Obras Publicas” |
Fecha Registro: 15/04/2025 |
Detalle: RAWSON, 15 ABR 2025 VISTO: El Expediente N° 246-SIEyP/IPV-2025; y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1/25 se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 307 para el ejercicio 2025; Que por el Expediente N° 246-SIEyP/IPV-2025, se solicita efectuar la creación en la Jurisdicción 8, SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, en la Categoría Programática 29 “Formulación y Ejecución de Obras Publicas” - Subprograma 01 - Proyecto 02 “Viviendas en Gaiman” - Obra 01 “Viviendas en Gaiman” - Inciso 4- Partida Principal 2- Partida Parcial 1 - Fuente de Financiamiento 2.22 y dotarlo de crédito presupuestario necesario para lo cual solicita una modificación presupuestaria a fin de imputar los certificados de obra; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 12, apartado 2, inciso a) y d) de la Ley II N° 307, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas, y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados; así como a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; asimismo, cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Crease en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, en la Categoría Programática 29 “Formulación y Ejecución de Obras Publicas” - Subprograma 01 - Proyecto 02 “Viviendas en Gaiman” - Obra 01 “Viviendas en Gaiman” - Inciso 4- Partida Principal 2- Partida Parcial 1 - Fuente de Financiamiento 2.22. Artículo 2°. Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2025, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1 que forma parte del presente decreto. Artículo 3°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura. Artículo 4°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 5°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese. DECRETO N° 366/2025 Planilla Anexa N° 1 Modificación Presupuestaria N° 35689 Compensación - Ejercicio 2025 Compensación sobre Gastos: 2.08.302 Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano Partida Monto 1. Origen: Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano 23.14.00.A02.5.2.4.01.2.22 AO: Equipamiento Urbano de Entidades Sociales y - FinFun: 3.7.1-C.Eco: 2.2 -$ 1.567.049,00 Total: -$ 1.567.049,00 2. Destino: Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano 29.01.02.001.4.2.1.01.2.22 AO: Viviendas en Gaiman - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.2 $ 1.567.049,00 Total: $ 1.567.049,00 |
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