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Título: Designar al Analista Programador Universitario David Jorge Alejandro Monjelat en el cargo de Director de Desarrollo e Implementación de Sistemas |
Fecha Registro: 23/06/2025 |
Detalle: rawson,23 JUN 2025 VISTO: El Expediente N° 330-GB-2025; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, se solicita designar al Analista Programador Universitario David Jorge Alejandro Monjelat, en el cargo de Director de Desarrollo e Implementación de Sistemas dependiente de la Dirección General de Coordinación Tecnológica del Ministerio de Gobierno, por aplicación del artículo 14 de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307; Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones confinadas por la Ley I N° 764; Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno han tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Designar al Analista Programador Universitario David Jorge Alejandro Monjelat (DNI N° 24.133.981 - Clase 1975), en el cargo de Director de Desarrollo e Implementación de Sistemas dependiente de la Dirección General de Coordinación Tecnológica del Ministerio de Gobierno, por aplicación del artículo 14 de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno. Ejercicio 2025. Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese y cumplido, archívese. DECRETO 695/2025 |
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