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Título: Aprobar la contratación tramitada por la Dirección de Aeronáutica Provincia, correspondiente a la reparación, mantenimiento, certificación funcional y adquisición de equipamiento médico indispensable |
Fecha Registro: 25/06/2025 |
Detalle: RAWSON, 25 JUN 2025 VISTO: El Expediente N° 1139/2025- SGG; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, la Dirección de Aeronáutica Provincial dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace de la Secretaría General de Gobierno tramita la contratación con la firma del señor Lucas Pedro Feijoo Chiozza, con domicilio constituido en Av. Julio A. Roca N° 2862 de la ciudad de Puerto Madryn, correspondiente a la reparación, mantenimiento, certificación funcional y adquisición de equipamiento médico indispensable para establecer la operatividad del sistema de traslados aeromédicos; Que a fojas 4 luce Presupuesto N° 1552 emitido por el proveedor, con fecha 16 de mayo del año 2025, por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($887.200,00). Que a fojas 5 luce Presupuesto N° 1581 emitido por el proveedor, con fecha 16 de mayo del año 2025, por la suma total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIEN PESOS ($755.100,00). Que a fojas 6 luce Presupuesto N° 1584 emitido por el proveedor, con fecha 16 de mayo del año 2025, por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTE ($828.220,00). Que a fojas 7 luce Presupuesto N° 1608 emitido por el proveedor, con fecha 19 de mayo de 2025, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($892.000,00). Que a fojas 8 y 9 luce Presupuesto N° 1609 emitido por el proveedor, con fecha 19 de mayo de 2025, por la suma de PESOS ONCE MILLONES TREINTA Y CINCO MIL ($11.035.000,00). Que a fojas 17 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que la presente contratación encuentra su marco legal dentro de lo establecido por el artículo 95, inciso c), apartado 5) de la Ley II N° 76 y lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto N° 777/06; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N°307; Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO RESUELVE: Artículo 1°. Aprobar la contratación tramitada por la Dirección de Aeronáutica Provincial dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace de la Secretaría General de Gobierno con la firma del señor Lucas Pedro Feijoo Chiozza (CUIT N° 20-23780005-3), con domicilio constituido en Av. Julio A. Roca N° 2862 de la ciudad de Puerto Madryn, correspondiente a la reparación, mantenimiento, certificación funcional y adquisición de equipamiento médico indispensable para establecer la operatividad del sistema de traslados aeromédicos. Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se imputara de la siguiente manera: la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS ($ 549.700,00) en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 19 - Actividad 01 - Incisos 2.9.5 - Fuente de Financiamiento 1.11; la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 892.000,00) en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 19 - Actividad 01- Incisos 2.9.7 - Fuente de Financiamiento 1.11; la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 2.470.520,00) en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 19 - Actividad 01-Incisos 3.3.3 - Fuente de Financiamiento 1.11 y la suma de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRECIENTOS ($10.485.300,00) en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 19- Actividad 01- Incisos 4.3.3 - Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2025. Artículo 3°. La presente resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Coordinación y Enlace. Artículo 4°. Regístrese, comuniquese, y cumplido archívese. RESOLUCIÓN N° 355 |
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