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Título: Sustitúyese el artículo 13 del Anexo A del Decreto N° 746/25 |
Fecha Registro: 27/08/2025 |
Detalle: RAWSON, 27 AGO 2025 VISTO: El Expediente N° 153-EC-25; la Ley XXIV N° 113, los Decretos N° 1671/23, N° 111/25 y N° 746/25 y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley XXIV N° 113 se creó la Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut (ARECH) en la órbita del Ministerio de Economía de la Provincia del Chubut; Que en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 155 inciso 1) de la Constitución Provincial, mediante el Decreto N° 746 del 01 de julio de 2025, se aprobó la reglamentación de la ley XXIV N° 113, la que como Anexo A forma parte del mismo; Que mediante los Decretos N° 1671/23 y N° 111/25 se designaron los representantes ante la Comisión Federal de Impuestos y la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18 de Agosto de 1977; Que resulta necesario modificar el artículo 13 del Anexo A del Decreto N° 746/25 a efectos de compatibilizarlo con las designaciones mencionadas en el considerando que antecede; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Sustitúyese el artículo 13 del Anexo A del Decreto N° 746/25 el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 13. Facúltese al Director Ejecutivo y al Sub Director Ejecutivo, este último, en mérito de sus labores de asistencia, a contratar personal letrado ajeno al organismo cuando esto resulte necesario por idoneidad para el cumplimiento de las funciones a cargo de la ARECH, pudiendo conferir mandatos y otorgar poderes tanto a éstos como al personal letrado perteneciente a la planta.” Artículo 2°. El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 3°. Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese. DECRETO N 985/2025 |
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