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Título: Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2025 |
Fecha Registro: 27/08/2025 |
Detalle: RAWSON, 27 AGO 2025 VISTO: El Expediente N° 2176-SIEyP-2025; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 307 se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2025; Que por el Expediente N° 2176-SIEyP-2025, la Dirección General de Servicios Públicos, solicita modificación presupuestaria en la Fuente de Financiamiento 4.02, a efectos de imputar certificados de obra del ejercicio; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 12, apartado 2, inciso a) y d) de la Ley II N° 307, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas, y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados; así como a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; asimismo, cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2025, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 31 - SAF Subsecretaría de Servicios Públicos y Energías Renovables, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3 que forman parte del presente decreto. Artículo 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura. Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese. DECRETO N°990/2025 Planillas Anexas ver en el Decreto Original |
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