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Decreto 1069 / 2025 Ignacio Torres 

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Título: Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2025
 
Fecha Registro: 09/09/2025
 
Detalle:

RAWSON, 09 SEP 2025

VISTO:
Los Expedientes N° 465-IPA-2025 y 1291-EC-2025; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 307 se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2025;
Que por el Expediente N° 465-IPA-2025, el Instituto Provincial del Agua, solicita modificación presupuestaria en las Fuentes de Financiamiento 3.68 y 4.40, a efectos de imputar certificados de la obra del ejercicio;
Que por el Expediente N° 1291-EC-2025, Obligaciones del Tesoro, solicita efectuar una compensación presupuestaría entre finalidades en la fuente de Financiamiento 1.11, a fin de poder imputar gastos de servicios básicos;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12°, apartado 1, inciso a) 2 y 4 de la Ley II N° 307, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; asimismo, cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12°, apartado 2, inciso a) de la Ley II N° 307, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas, y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2025, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 303 - SAF Instituto Provincial del Agua y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1 y 2, que forman parte del presente decreto.
Artículo 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido,archivese.

Decreto N° 1069/2025

Las planilla anexa N° 1 y 2 ver en el Decreto Original.
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(Se relaciona) Ley II 307

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