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Decreto 1070 / 2025 Ignacio Torres 

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Título: Otórgase un subsidio a favor de la Municipalidad de El Hoyo
 
Fecha Registro: 09/09/2025
 
Detalle:



RAWSON, 09 SEP 2025

VISTO:
El Expediente N° 1719/2025-SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de El Hoyo representada por su Intendente señor Cesar Fabián Salamín, por un importe total de PESOS DOCE MILLONES ($ 12.000.000,00), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada localidad;
Que a fojas 11 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto;
Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N°1304/78 y modificatorios;
Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307;
Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Otórgase un subsidio por la suma de PESOS DOCE MILLONES ($ 12.000.000,00) a favor de la Municipalidad de El Hoyo (CUIT N° 30-67033539- 5) representada por su Intendente señor Cesar Fabián Salamín (DNI N° 28.872.252) destinado solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada localidad.
Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de El Hoyo señor Cesar Fabián Salamín (DNI N° 28.872.252), será responsable de la administración y debida inversión.
Artículo 3°. El aporte otorgado mediante el artículo Io del presente decreto deberá ser invertido por el responsable dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado.
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, y que asciende a la suma total de PESOS DOCE MILLONES ($ 12.000.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAFIO - Programa 20 - Actividad 01 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 1.11. - Ejercicio 2025.
Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 6°. Regístrese, comuníquese, notifíquese, y cumplido, archívese.

DECRETO N°1070/2025

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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 307

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(No hay instrumentos legales que lo afecten)