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Título: Otórgase un anticipo de recursos coparticipables a la Municipalidad de Trelew, para atender desequilibrios financieros de ese municipio |
Fecha Registro: 02/10/2025 |
Detalle: RAWSON, 02 OCT 2025 VISTO: El expediente N° 1510-EC-2025; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 307 se aprueba Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados y su modificación por Ley II N° 314 para el ejercicio 2025; Que por el expediente mencionado la Municipalidad de Trelew solicita un adelanto de recursos coparticipables, para atender desequilibrios financieros de ese municipio; Que el articulo 9° de la Ley II N° 6, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar adelantos a las Municipalidades a cuenta de Coparticipación, siempre que las disponibilidades del Tesoro Provincial así lo permitan, que las sumas adelantadas serán deducidas de las transferencias que le correspondan al Municipio por Coparticipación dentro del mismo ejercicio en que fueren concedidos dichos adelantos y de acuerdo a los plazos que establezca el Ministerio de Economía; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12°, apartado 1, inciso a.2 y 4) de la Ley II N° 307, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la asistencia a los Municipios es una de las prioridades del Gobierno Provincial; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otórgase un anticipo de PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 1.500.000.000,00.-) a la Municipalidad de Trelew a cuenta de las transferencias que le correspondan en concepto de Recursos Coparticipables. Artículo 2°. El anticipo otorgado por el artículo Io será descontado a partir de Octubre de 2025 en TRES (3) cuotas mensuales de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($500.000.000,00.-), del monto que le corresponda al Municipio en concepto de Recursos Coparticipables. Artículo 3°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91- SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 92, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 1.11, Partida 662.02: Anticipos de Coparticipación a Municipios, Ejercicio 2025. Artículo 4°. Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2025, en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91- SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente decreto. Artículo 5°. Comuniqúese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura. Artículo 6°. Autorizase a la Dirección de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir los fondos del anticipo conforme lo establecido en el presente decreto. Artículo 7°. El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 8°. Regístrese, comuniquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido archívese. DECRETO N° 1216 Planilla Anexa N° 1 Modificación Presupuestaria N° 36812 Compensación - Ejercicio 2025 Compensación sobre Gastos: 1.91.091 Obligaciones a Cargo del Tesoro Partida Monto 1. Origen: Obligaciones a Cargo del Tesoro 94.00.00.A05.6.6.2.01.1.11 AO: Transferencias a Instituciones de Seguridad Social - FinFun: 3.3.1 - C.Eco : 2.3 -$ 1.500.000.000,00 Total: -$ 1.500.000.000,00 2. Destino: Obligaciones a Cargo del Tesoro 92.00.00.A01.6.6.2.02.1.11 AO: Coparticipación y Transferencias a Municipios - FinFun: 1.5.1 - C.Eco : 2.3 $ 1.500.000.000,00 Total: $ 1.500.000.000,00 |
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