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| Título: Apruébese el reconocimiento y ampliación del monto de la presente contratación, en los términos y alcances autorizados por el Ministerio de Producción |
| Fecha Registro: 25/11/2025 |
| Detalle: RAWSON, 25 NOV 2025 VISTO: El Expediente N° 293/2025-MP, el Decreto N° 970/25 y las Resoluciones N°218/2025- MP y N° 286/2025; y CONSIDERANDO: Que mediante el expediente citado en el Visto, se propicia el reconocimiento a la firma Best & Best S.R.L, CUIT N° 30-67036231-7, de la diferencia de cotización respecto a los TREINTA MIL LITROS (30.000 L) de combustible Gasoil tipo Grado 2 adquiridos a la misma, y la pertinente ampliación del monto final de la aludida contratación, conforme se encuentra autorizado por el Ministerio de Producción mediante Resolución N° 286/2025 (modificada por Resolución N° 324/2025 MP); Que la cotización ampliatoria que fue autorizada por la jurisdicción ministerial se encuentra plenamente vigente; Que en virtud del procedimiento llevado a cabo por la jurisdicción y a tenor de lo dictaminado en estos folios por el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut, corresponde en esta instancia aprobar el trámite en los términos del artículo 105° de la Ley II - N° 76 y artículo 90° del Decreto Reglamentario N° 777/06; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción interviene según su competencia; Que la Contaduría General de la Provincia del Chubut tomó intervención en estos folios; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHÜBDT DECRETA: Artículo 1°. Apruébese el reconocimiento y ampliación del monto de la presente contratación, en los términos y alcances autorizados por el Ministerio de Producción mediante Resolución N° 286/2025-MP (modificada por Resolución N° 324/2025-MP). Artículo 2°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en ios Departamentos de Producción, y Gobierno. Artículo 3°. Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1438/2025 |
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