RAWSON, 3 0 OCT 2006
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se modificar los artículos 2o y 3o de la Ley 5.519, sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 12 de octubre de 2.006 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5545
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-

DECRETO Nº 1349