Ley Nº 1280 Rawson (Chubut), 12 de Agosto de 1975
B.O. Nº 2312, 26 de Agosto de 1975
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º).- El Poder Ejecutivo procederá a erigir un monumento alusivo al Colono Labriego Galés, en la Rotonda que por Ordenanza 8/73 del Consejo Deliberante de la Municipalidad de Caimán, se construirá en esa Ciudad, en la calle Juan C. Evans y Ruta Provincial Nº 9.
Artículo 2º).- Una Comisión especial compuesta por cuatro (4) miembros, dos (29 designados por el Poder Ejecutivo Provincial y dos (2) por el Departamento Ejecutivo de la Comuna de Gaimán, a quien se le cursará la invitación respectiva, tendrá a su cargo todo lo relativo al Concurso y Ejecución de la Obra.
Artículo 3º).- A los fines del cumplimiento de la presente Ley, Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las compensaciones pertinentes de partidas presupuestarias.
Artículo 4º).- Comuníquese al Poder Ejecutivo
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco .
Arturo Víctor Campelo
Vice-Gobernador
Presidente de la H. Legislatura
Luis Alberto Sovran
Secretario Legislativo
H. Legislatura del Chubut