RAWSON, 2 3 NOV 2006
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se amplía la zona de suspensión de la actividad minera metalífera por el término de TREINTA Y SEIS (36) meses con excepcion al oro aluvional contemplada por el Art. 1º de la Ley Nº 5504 modificando el área delimitada a dos superficies: Paralelos 42° y 44° 30\\\' Latitud Sur, el Meridiano 70° de Longitud Oeste y el Límite internacional con Chile; y Paralelos 44° 30\\\' y 46° Latitud Sur, el Meridiano 69° Longitud Oeste y el Límite internacional con Chile, sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 07 de noviembre de 2.006 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5552
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO Nº 1495