RAWSON 06 JUN 1985

L E Y N º 2526

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
Artículo 1º.- Créase la Comuna Rural de Lagunita Salada, en el Departamento Gastre.-
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo designará los miembros de la Junta Vecinal de Lagunita Salada.-
Artículo 3º.- Dentro de un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días de la promulgación de la
presente Ley, el Poder Ejecutivo elevará a la Legislatura el Proyecto de Ley de delimitación jurisdiccional.-
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
LEY Nº 2526 PROMULGADA POR EL DECRETO Nº 799/1985.-