RAWSON, 2 6 DIC 2006
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se incorpora el punto l.c) al artículo 75° de la Ley N° 3,923, texto ordenado por Ley N°4,251; y se modifica el artículo 92° bis de la Ley N° 3.923, texto ordenado Ley N° 4.251, sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 07 de diciembre de 2.006 y la facultad que otorga Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5578
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO Nº 1667