RAWSON 29 SET 1987

LEY Nº 2919
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º).- Apruébase en todos sus términos el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia del Chubut y la Dirección Nacional de Vialidad el día 05 de julio de 1980, mediante el cual se efectiviza la transferencia de rutas dispuesta por Decreto Nacional Nº 1595/79, protocolizado al Tomo I - Folio 007 - con fecha 09 de enero de 1986 del Registro de Contratos de Obras de la Escribanía General de Gobierno.
Artículo 2º).- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY Nº 2919 DECRETO Nº 1287/1987.