Rawson 7 de octubre de 1982
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 3088/81, del Registro del Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, las facultades legislativas conferidas a los señores Gobernadores de Provincia por Decreto Nacional Nº 877/80, y en ejercicio de las mismas;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
Sanciona y Promulga con Fuerza de
Ley:
Artículo 1º).- Derógase la Ley Nº 1966. Recobrará de inmediato su vigencia el texto del artículo 11º de la Ley Nº 1129.
Artículo 2º).- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido archívese.
LEY Nº 2092/1982.-