LEY Nø 2393 Rawson (Chubut) 19 de octubre de 1984

B.O. Nø 4.625 del 25 de octubre de 1984

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1ø).- Créase la Comuna Rural de Carrenleufú, en el Departamento Futaleufú.

Artículo 2ø).- El Poder Ejecutivo designará los miembros de la Junta Vecinal de Carrenleufú.

Artículo 3ø).- Dentro de un Plazo de ciento ochenta (180) días de la promulgación de la presente Ley, el Poder Ejecutivo elevará a la Legislatura el proyecto de la Ley de delimitación jurisdiccional.

Artículo 4ø).- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, a los once días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.

Cr. JUAN CARLOS ALTUNA
Dr. MARIO CIMADEVILLA