RAWSON, 02 ENE 2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se sustituyen los artículos 42», 147°, 177°, 180°, 204° y 206° del Anexo I de la Ley N° 5.450; se establece su vigencia a partir de la fecha de promulgación; y se autoriza al Poder Ejecutivo a publicar el texto ordenado de la Ley N° 5.450 y sus modificaciones; sancionado por la Legislatura de la Provincia del Chubut el día 21 de Diciembre de 2007 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5708
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO Nº 05