RAWSON, 27 MAR 2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a, la modificación del valor del salario básico del cargo testigo 1.11 (maestro de grado) de Escuela Común en Pesos Mil Cien ($ 1.100); la modificación del salario mínimo que percibirá un docente conforme lo establecido en el artículo 1 de la Ley N° 5.605, modificada por Ley N° 5.636, el cual ascenderá a la suma de Pesos Mil Quinientos ($ 1.500) para la zona de la Comarca Rio Senguer-Golfo San Jorge y Pesos Mil Trescientos Ochenta ($ 1.380) para el resto de la Provincia; la fijación del sueldo mínimo del cargo docente 1.11 con Doce (12) años de antigüedad en la suma de Pesos Mil Ochocientos ($ 1800); la modificación del artículo 8 de la Ley N° 5.556 fijando el adicional allí establecido en la suma de Pesos Ochenta y Siente con Cincuenta ($ 87,50); y la fijación de un adicional no remunerativo y no bonificable en concepto de zona para los agentes de la Administración Pública Central, Organismos Descentralizados y Autárquicos fijando su monto en Pesos Doscientos Ochenta ($280) para la Comarca del Rio Senguer -Golfo San Jorge y de Pesos Ciento Cincuenta ($150) para el resto de la Provincia;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5719
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO Nº 261