RAWSON, 24 ABR 2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se modifica el articulo 107° del Decreto-Ley N° 1.820; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 10 de abril de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5727
Cúmplase, comuniquese y publíquese en el Boletín Ofícial.-
DECRETO Nº 427