RAWSON, 23 MAY 2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la modífícación del artículo 8° de la Ley N° 5.707; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 08 de mayo de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5744
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Ofícial.-
DECRETO Nº 581