RAWSON 03 DE JUNIO 1999

VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de Ley que establece la vigencia del Libro II de la Ley 4347 de protección integral de la niñez, la adolescencia y la familia, a partir del 12 de. noviembre de 1999 sancionado por la Legislatura de la Provincia del Chubut el día 20 de Mayo de 1999 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el Artículo 140º de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la numero: 4493
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
DECRETO Nº 614-1999.-