RAWSON, O1 0CT 2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la modificación del artículo 1" de la Ley Nº 5.605, modificada por leyes Nº 5.636 y Nº 5.719, y del artículo 3« de la Ley N** 5.719, modifícado por la Ley N" 5.723; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 18 de Septiembre de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140" de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5791
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO Nº 1260