RAWSON, 29 0CT2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la modificación de los artículos 1", 5" y 8" de la Ley N" 4.503, texto ordenado por Ley N" 5.185, modificado por la Ley 5.210; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 14 de Octubre de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5799
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO Nº 1414