RAWSON, 29 0CT 2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la facultad otorgada al Poder Ejecutivo Provincial, por sí o a través de Sociedades del Estado, a realizar las operaciones de crédito público que resulten necesarias, ya sea contratación de préstamos y/u otorgamiento de avales, fíanzas y garantías y/o emisiones de títulos de deuda, para disponer de hasta una suma equivalente a Dólares Estadounidenses Trescientos Millones (U$S 300.000.000), para ser afectados al fínanciamiento de proyectos productivos, fínanciamiento de obras de infraestructura y efectuar inversiones financieras tendientes a incrementar la participación estatal en empresas del sector energético; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 17 de Octubre de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5798
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO Nº 1413