RAWSON 22 DE JULIO 1998

VISTO;
El Expediente N° 1899/98-SPS, la Ley N° 4278, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley citada se regula el ejercicio de la profesión de Técnico en Prótesis Dental;
Que es necesario proceder a su reglamentación;
Que ha tomado intervención el servicio jurídico del Sistema Provincial de Salud;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: Apruébase la reglamentación de la Ley N° 4278 que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.
La numeración que se consigna en el articulado del Anexo, corresponde a los artículos de la ley citada.
Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Salud y Acción Social.
Artículo 3°: Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 734/1998.