RAWSON, 08 NOV 2011
VISTO:
El Expediente N° 8529/11- S.S.; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se propone modificar la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud, Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste -Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste;
Que la Ley 11 N° 133 en su Artículo 11°, inciso 1, apartado a), punto 5, faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las Plantas de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no de un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón;
Que tal modificación obedece a la creación del Departamento Zonal Capacitación dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel de la Secretaría de Salud, para la cobertura del cargo jerárquico mencionado;
Que el cargo de Jefe Departamento Capacitación dependiente de la Dirección Provincial Área Programática cuenta con sus Misiones, Funciones y Requisitos para el cargo aprobado por Decreto N° 782/08;
Que conforme surge del Anexo 11 - Planilla 1 del Decreto N° 1581/11 se omitió consignar el cargo jerárquico de Departamento Capacitación dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel;
Que en consecuencia corresponde rectificar el Anexo II - Planilla 1 del Decreto N° 1581/11;
Que el Artículo 92 de la Ley I N° 18, faculta a la Administración a rectificar en cualquier momento los errores materiales o de hecho en los que se hubiere incurrido;
Que el gasto que demande el presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal del Servicio Administrativo 76 - Programa 18 -Atención Médica Zona Noroeste - Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste;
Que en la vista concedida el servicio juridico de la Secretaría de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Articulo 1º.- Rectifícase el Anexo II - Planilla 1 del Decreto nº 1581/11, sustituyéndose el mismo por el Anexo II (Planillas 1 y 2) que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 70 - Secretaria de Salud, Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste, de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Modifícase el Plantel Básico de la Secretaria de Salud, eliminándose un (1) cargo Agrupamiento B - Categoría 8, y im (1) cargo Agrupamiento C - Categoria 8 en la Planta Permanente en el Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste - Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste, creándose un (1) cargo de Departamento Zonal Capacitación en la Planta Permanente I en el Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste - Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0, Gastos en Personal del Servicio Administrativo Financiero 76 - Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste - Actividad 1 Atención Médica Zona Noroeste, del Presupuesto para el año 2011.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamento de Coordinación de Gabinete y de Economía y Crédito Público.
Artículo 6°.-Regístrese. comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido; ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 1842