RAWSON, 01 JUL 2013
VISTO:
La Ley I N° 341 ;Expediente N° 387/13 JP; y Decreto N° 586/13
CONSIDERANDO:
Que por la Ley I N° 341 se creó la Planta Transitoria con el objetivo de reemplazar los
contratos de locación de obra que suscribía la Administración Pública Provincial;
Que por Decreto N° 586/13 se crea un régimen especial para los empleados que cumplen funciones pertenecientes a los centros de monitoreo;
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la incorporación a la Planta Transitoria de la Policía de la Provincia del Chubut dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaría de Seguridad y Justicia de los ciudadanos; RODRÍGUEZ, Nadia Vanessa; ALVAREZ, Macarena Támara; RODRÍGUEZ, Natalia Cristina; BUTTAZZI, Débora Romina; SAL AZAR, Valeria Elizabet; VILLAMAYOR, Támara Vanina; ARECO, Roque Martín; CATILICAN, Mónica Marcela; JARA, Sebastián Heriberto; VARGAS, Adrián Ornar; ZABALA, Georgina Vanesa; BOSIAK, Cristian Ricardo; VARGAS, Diego Sebastián; HERRERA, Néstor David; MALDONADO, Flavia Gabriela; OVIEDO, Leandro Ariel; VELAZCO, Paula Aida Virginia; PÉREZ, Silvia Marisa; COLÓ, Yamila Celeste; MALDONADO, Darío Ariel; MONTESINO, Janet Albertina y YAÑEZ, Carla Romina;
Que razones de servicio tornan oportuno y conveniente dotar a la Policía de la Provincia dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaría de Seguridad y Justicia con veintidós (22) cargos administrativos;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el
Presupuesto General de la provincia, aprobado por Ley II N° 148 del Digesto Jurídico;
Que ha tomado debida intervención el Cuerpo Jurídico (Asesoría Letrada) de la Institución;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el
presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Incorpórense en la Planta Transitoria de la Policía de la Provincia dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaría de Seguridad y Justicia, en los centros de monitoreo de la ciudad de Comodoro Rivadavia, para cumplir funciones de videovigilador a los ciudadanos; RODRÍGUEZ, Nadia Vanessa (M.I.N0 36.719.491, Clase 1992); ALVAREZ, Macarena Támara (M.I.N0 34.089.758, Clase 1989); RODRÍGUEZ, Natalia Cristina (M.I.N0 27.404285, Clase 1979); BUTTAZZI, Débora Romina (M.I.N0 35.357.259, Clase 1991); SALAZAR, Valeria Elizabet (M.I.N0 28.516.744, Clase 1981); VILLAMAYOR, Támara Vanina (M.I.N0 37.068.241, Clase 1992); ARECO, Roque Martín (M.I.N0 29.653.012, Clase 1982); CATILICAN, Mónica Marcela (M.I.N° 35.384.519, Clase 1990); JARA, Sebastián Heriberto (M.I.N0 31.148.576, Clase 1985) VARGAS, Adrián Ornar (M.I.N0 33.466.911, Clase 1987); ZABALA, Georgina Vanesa (M.I.N0 29.754.194, Clase 1982); BOSIAK, Cristian Ricardo (M.I.N0 34.658.234, Clase 1989); VARGAS,
Diego Sebastián (M.I.N0 27.841.607, Clase 1979); HERRERA, Néstor David (M.I.N0 35.384.377, Clase 1991); MALDONADO, Flavia Gabriela (M.I.N0 35.383.143, Clase 1990); OVIEDO, Leandro Ariel (M.I. N° 37.665.491, Clase 1993); VELAZCO, Paula Aida Virginia (M.I.N0 35.171.777, Clase 1990); PÉREZ, Silvia Marisa (M.I.N0 24.463.967, Clase 1975); COLÓ, Yamila Celeste (M.I.N0 35.171.733, Clase 1990); MALDONADO, Darío Ariel (M.I.N0 37.068.187, Clase 1992); MONTESINO, Janet Albertina (M.I.N0 31.985.070, Clase 1986) y YAÑEZ, Carla Romina (M.I.N0 26.517.044, Clase 1978), a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2013, quienes percibirán la remuneración mensual de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($5.500), menos los descuentos de la Ley XVIII N° 32, con la excepción establecida en el artículo 10 inciso a) punto 2) del cuerpo legal citado, el que será descontado a partir de la incorporación a la
planta de personal que en su caso corresponda y los del artículo 8° de la Ley I N° 341.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la Jurisdicción 9 Secretaría de Seguridad y Justicia - SAF 21 - Programa 23- Seguridad - Actividad 1 - Seguridad - Ejercicio 2013.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumpliÜo. ARCHIVESE
DECRETO N° 875