RAWSON, 01 JUL 2013
VISTO:
La Ley I N° 341; Expediente N° 360/13 JP; y Decreto N° 586/13
CONSIDERANDO:
Que por la Ley I N° 341 se creó la Planta Transitoria con el objetivo de reemplazar los
contratos de locación de obra que suscribía la administración Pública Provincial;
Que por Decreto N° 586/13 se crea régimen especial para los empleados pertenecientes a los centros de monitoreo;
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la incorporación a la Planta Transitoria de la Policía de la Provincia del Chubut dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaría de Seguridad y Justicia de los ciudadanos HOLLEY HOLLEY, Gustavo Alexis; ACOSTA, Bruno Esteban; IBAÑEZ, Brayan Emmanuel; LEGARRETA, María Begoña; ALE, Yamil Mohamed; ARANEA, Joel Llarú; BRANDT, César Germán; FENNER, Carla Vanesa; GRIMOLICHE, Carla Gisel; QUILIÑAN, Sonia Marina; DÍAZ GODOY, Diego Hernán; RAMÍREZ, Romina Ana; GALVAN, María Inés; TELLI, Débora Mariana; VILLAN, Daniel Patricio;
Que razones de servicio tornan oportuno y conveniente dotar a la Policía de la Provincia del Chubut dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaria de Seguridad y Justicia con quince (15) cargos administrativos;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el
Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 148 del Digesto Jurídico;
Que ha tomado debida intervención el Cuerpo Jurídico (Asesoría Letrada) de la Institución;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el
presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Incorpórense en la Planta Transitoria de la Policía de la Provincia dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaria de Seguridad y Justicia, en los centros de monitoreo de la ciudad de Rawson, para cumplir funciones de videovigilador a los ciudadanos HOLLEY HOLLEY, Gustavo Alexis (M.I.N0 18.848.907, Clase 1984); ACOSTA, Bruno Esteban (M.I.N° 38.046.291, Clase 1994); IBAÑEZ, Brayan Emmanuel (M.I.N° 37.550.526, Clase 1993); LEGARRETA, María Begoña (M.I.N0 30.201.829, Clase 1983); ALE, Yamil Mohamed (M.I.N° 33.392.505, Clase 1987); ARANEA, Joel Llarú (M.I.N0 37.067.826, Clase 1992); BRANDT, César Germán (M.I.N0 37.962.408, Clase 1994); FENNER, Carla Vanesa (M.I.N0 29.037.342, Clase 1981); GRIMOLICHE, Carla Gisel (M.I.N0 36.757.474, Clase 1992); QUILIÑAN, Sonia Marina (M.I.N0 28.055.241, Clase 1980); DÍAZ GODOY, Diego Hernán (M.I.N0 28.055.372, Clase 1980); RAMÍREZ, Romina Ana (M.I.N0 33.077.720, Clase 1987); GALVAN, María Inés (M.I.N0 24.811.501, Clase 1975); TELLI, Débora Mariana (M.I.N0 33.771.394, Clase 1989); VILLAN, Daniel Patricio (M.I.N0 34.490.947, Clase 1989), a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el
31 de diciembre de 2013, quienes percibirán la remuneración mensual de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 5.300), menos los descuentos de la Ley XVIII N° 32, con la excepción establecida en el artículo 10 inciso a) punto 2) del cuerpo legal citado, el que será descontado a partir de la incorporación a la planta de personal que en su caso corresponda y los del artículo 8o de la Ley IN°341.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la Jurisdicción 9 Secretaría de Seguridad y Justicia - SAF 21 - Programa 23 - Seguridad - Actividad 1 - Seguridad - Ejercicio 2013.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletjín Oficial y ARCHIVESE.-
DECRETO N° 874