RAWSON; 03 DIC 2013
VISTO:
El Expediente N° 2609-EC-13; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto el señor Subsecretario de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, solicita la designación, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Directora General de Coordinación y Financiamiento de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del citado Ministerio, de la agente TARTERA, Carolina Inés cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Agolpamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente de la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria, a cargo de la Dirección de Financiamiento y Coordinación Fiscal dependiente de la citada Dirección General;
Que por lo expuesto en el anterior Considerando resulta necesario dejar sin efecto la designación, a partir de la fecha del presente Decreto, de la agente TARTERA, Carolina Inés a cargo de la Dirección de Financiamiento y Coordinación Fiscal dependiente de la Dirección General de Coordinación y Financiamiento de la Subsecretaría de Coordinación Financiera de! Ministerio de Economía y Crédito Público, dispuesta mediante Decreto N° 1271/07;
Que el cargo de Director General de Coordinación y Financiamiento, se encuentra vacante y la agente TARTERA, Carolina Inés, reúne los requisitos para ocupar dicho cargo;
Que la agente TARTERA, Carolina Inés, reservará su cargo de revista, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74;
Que asimismo, se solicita designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la señorita JONES, Marina Noel, en el cargo de Directora de Financiamiento y Coordinación Fiscal dependiente de la Dirección General de Coordinación y Financiamiento de la Subsecretaría de Coordinación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público;
Que la señorita JONES, Marina Noel, reúne los requisitos para ocupar el cargo, de acuerdo al Artículo 2o de la Ley I N° 74;
Que el gasto que demande el presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 27: Coordinación Económica Provincial -Actividad 1: Conducción, de acuerdo al informe obrante a fojas 50;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que el Asesor General de Gobierno, ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo Io.-Dejar sin efecto la designación, a partir de la fecha del presente Decreto, de la agente TARTERA, Carolina Inés (M.I.N° 25.338.893 - Clase 1976) a cargo de la Dirección de Financiamiento y Coordinación Fiscal dependiente de la Dirección General de Coordinación y Financiamiento de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, dispuesta mediante Decreto N° 1271/07.-
Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Directora General de Coordinación y Financiamiento dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Financiera, a la agente TARTERA, Carolina Inés (M.I.N° 25.338.893 - Clase 1976) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente de la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria, ambos Organismos dependientes del Misterio de Economía y Crédito Público.-
Artículo 3°.-La agente TARTERA, Carolina Inés (M.I.N0 25.338.893 - Clase 1976), reservará su cargo de revista, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74.-
Artículo 4°.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señorita JONES, Marina Noel (M.I N° 34.275.699 - Clase 1988) en el cargo de Directora de Financiamiento y Coordinación Fiscal dependiente de la Dirección General de Coordinación y Financiamiento de la Subsecretaría de Coordinación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 27: Coordinación Económica provincial - Actividad 1: Conducción del Programa de Coordinación Económica Provincial inisterio de Economía y Crédito Público.-
Artículo 6o.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Coordinacion de Gabinete y de Economia y Credito Publico
Artículo 7o.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1783