RAWSON, 30 DIC 2013
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se sustituyen los artículos 2o y 7o, y se incluye el inciso d) al artículo 3o de la Ley I N° 329, referente al Fondo Editorial Permanente de la Legislatura del Chubut; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 12 de Diciembre de 2.013 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: I - 509
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO N °2013