RAWSON, 17 MAR 2014
VISTO:
El Expediente N° 20 - SCTelP - 2014; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se impulsa dejar sin efecto, a partir de la fecha del presente Decreto, la designación en Planta Transitoria - Ley I - N° 341 del Digesto Jurídico, de la Señorita Diana Araceli BAEZ, otorgada mediante Decreto N° 452/2012;
Que, asimismo, por el Expediente citado en el Visto, se tramita mensualizar a la Señorita Diana Araceli BAEZ, en el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Clase III - Categoría 6 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, quien reúne los requisitos exigidos en el Artículo 2o de la Ley I - N° 74 del Digesto Jurídico, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014;
Que, también, por el Expediente citado en el Visto, se propone designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a cargo del Departamento de Redacción y Control Formal de Actos Administrativos, dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Señorita Diana Araceli BAEZ;
Que la mencionada agente reúne las condiciones y requisitos exigidos para el cargo de Jefe de Departamento de Redacción y Control Formal de Actos Administrativos;
Que resulta procedente el pago de la diferencia salarial existente entre el cargo de Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Clase III - Categoría 6 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria y el cargo a subrogar, a la Señorita Diana Araceli BAEZ, en la medida que desempeñe las funciones asignadas de acuerdo a lo establecido por el Artículo 105 de la Ley I - N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por el Artículo Io, Punto II, Apartado 2 del Decreto N° 116/82;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en la Jurisdicción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva - S.A.F. 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva en el Programa 16 - Programa de Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Actividad 1 - Programa de Popularización de la Ciencia y la Tecnología y en el Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado debida intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo Io.- DÉJESE SIN EFECTO, a partir de la fecha del presente Decreto, la designación en Planta Transitoria - Ley I - N° 341 del Digesto Jurídico, otorgada mediante Decreto N|N° 452/2012, de la Señorita Diana Araceli BAEZ (M.IN0 28.055.191-Clase 1980), quien ha cumplido funciones administrativas en el Ministerio de Educación.-
Artículo 2.- Mensualizar, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014, a la Señorita Diana Araceli BAEZ (M.I N° 28.055.191 - Clase 1980) en el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Clase III - Categoría 6 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del Plantel Básico de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-
Artículo 3°.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Señorita Diana Araceli BAEZ (M.I N° 28.055.191 - Clase 1980), quien revista en el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Clase III - Categoría 6 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, a cargo del Departamento de Redacción y Control Formal de Actos Administrativos - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-
Artículo 4°.- La agente designada en el Artículo precedente, percibirá la diferencia salarial exis¬tente entre el cargo que revista y el cargo que subroga, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 105° de la Ley I - N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por el Artículo Io, Punto II, Apartado 2 del Decreto N° 116/82.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado en la Jurisdicción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva - SAF. 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva en el Programa 16 - Programa de Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Actividad 1 - Programa de Popularización de la Ciencia y la Tecnología y en el Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 7°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 244